La Orden EDU/1952/2007, de 29 de noviembre, de la Consejería de Educación, regula la evaluación de ESO y la Orden EDU/1048/2007, de 12 de Junio, regula el programa de diversificación curricular en Castilla y León.
PROMOCIÓN
1- En 3º de ESO la materia de ciencias de la naturaleza (Física y Química y Biología y Geología) mantiene su carácter unitario a efectos de promoción. 2- Un alumno puede repetir el mismo curso una vez y dos como máximo en la etapa. Excepcionalmente podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en cursos anteriores de la etapa. 3- Los alumnos del primer curso del programa de Diversificación curricular no pueden repetir. 4- Los alumnos con necesidades educativas especiales podrán permanecer en la etapa dos años más que el resto siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. 5- Los alumnos que hayan cursado 2º de ESO, no estén en condiciones de promocionar a tercero de ESO y hayan repetido una vez en la etapa podrán incorporarse a un Programa de Diversificación Curricular, siempre que haya garantías de cooperación y actitudes positivas por parte del alumno. Una vez incorporados no pueden volver a las enseñanzas de régimen general.
PROMOCIÓN EN JUNIO: 6- En la evaluación de junio promocionarán los alumnos que tengan calificación positiva en todas las materias.
PROMOCIÓN EN SEPTIEMBRE: 7- En la evaluación extraordinaria de septiembre: a-Promocionarán los alumnos que tengan calificación positiva en todas las materias. Asimismo, promocionarán los alumnos con evaluación negativa en una o dos materias del curso o de anteriores. b- De forma excepcional, el equipo docente podrá autorizar, por decisión consensuada o, si no fuera posible, por mayoría de 2/3, la promoción de un alumno con evaluación negativa en tres materias, del curso o de anteriores, siempre que
las materias suspensas no sean matemáticas, lengua castellana y literatura y una tercera, de entre las restantes.
Para esta decisión se tendrán en cuenta los siguientes aspectos, que serán valorados de forma individual con cada alumno: Ø Haya alguna causa (enfermedad, problema personal o familiar u otros) constatada que le haya hecho faltar a clase en periodos considerables y/o disminuir su rendimiento académico. Estas circunstancias deben haber sido convenientemente justificadas documentalmente en Jefatura de Estudios. Ø Haya mostrado una actitud positiva en las actividades lectivas desarrolladas en todas las materias (incluidas las evaluadas negativamente). Ø Según artículo 10, del DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León, haya cumplido el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad. Esto implica: § Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades académicas programadas. § Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus funciones docentes, así como seguir sus orientaciones Ø Se haya presentado a todas las materias pendientes en la convocatoria de septiembre y sea valorado positivamente su esfuerzo. Ø Se considera que la naturaleza de las mismas no le impide seguir con éxito el curso siguiente. Ø Tiene expectativas favorables de recuperación. Ø La promoción beneficiará su evolución académica |
TITULACIÓN
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